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Con efectos desde el 1-1-2025, se introducen las siguientes modificaciones en el ISD de Galicia:a)Mejoras en las reducciones del Estado: en las adquisiciones mortis causa, incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguros de vida, por razón de parentesco con el causante, se modifica las reducciones respecto al grupo III de parentesco (colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad). Así, se eleva y unifica el importe de la reducción para todas las personas parientes de este grupo, aumentándolo hasta 25.000 euros. b) Tarifa del Impuesto: se realizan unos ajustes técnicos:- se integra en el DLeg Galicia 1/2011 art.9.b (tarifa aplicable por adquisiciones lucrativas inter vivos realizadas por los sujetos pasivos de los grupos I y II), el contenido del DLeg Galicia 1/2011 art.9.c (supuesto en el que no se cumplen los requisitos);- como consecuencia de lo anterior, la tarifa por adquisiciones lucrativas inter vivos y mortis causa y la percepción de cantidades por los beneficiarios de seguros de vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, por sujetos pasivos incluidos en los grupos III y IV, pasa a ser el contenido de DLeg Galicia 1/2011 art.9.c (hasta ahora estaba regulado en el DLeg Galicia 1/2011 art.9.d).DLeg Galicia 1/2011 art.6.Dos.c y 9.b, c y d redacc L Galicia 5/2024 art.3 y 4, DOG 31-12-24 L Galicia 5/2024 disp.final 3ª, DOG 31-12-24
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