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Al mantenerse las situaciones que determinaron la adopción de diversas medidas excepcionales y transitorias en los tipos impositivos a aplicar al suministro eléctrico y a los bienes y servicios utilizados contra la pandemia provocada por la COVID-19, se prorroga la aplicación de las siguientes medidas:A. Suministro eléctricoSe mantiene hasta el 30-4-2022 la aplicación del tipo reducido del 10% a (RDL 29/2021 disp.adic.1ª.1):- todos los componentes de la factura eléctrica para los contratos cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh; y, – los suministros efectuados a favor de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y, además, tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, durante el periodo de vigencia de este real decreto-ley, con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.B. Medidas contra laCOVID-19Se mantiene hasta el 30-6-2022 (RDL 29/2021 disp.adic.1ª.2):- la aplicación del tipo 4% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables definidas en el Acuerdo Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos 12-11-2020, prevista en RDL 34/2020 art.7; y,- la aplicación de un tipo 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19 recogidos en RDL 7/2020 Anexo, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.RDL 29/2021 disp.adic.1ª, BOE 22-12-21
Actualidad jurídica
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