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Con efectos desde el 23-3-2024 y con el objeto de excluir del contenido de la declaración el dato relativo a la identidad de los intermediarios eximidos de la obligación de información por el deber de secreto profesional, así como para incluir, dentro del resumen del mecanismo transfronterizo, el deber de declarar cualquier información que pueda ayudar a la Administración tributaria a la evaluación del riesgo fiscal del mecanismo, se modifica el contenido del modelo 234.OM HAC/342/2021 anexo I redacc OM HAC/266/2024 disp.final 2ª, BOE 22-3-24; OM HAC/266/2024 disp.final 3ª, BOE 22-3-24
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