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Con efectos desde el 1-1-2023, con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado, se ha de aplicar, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 100% de dicha cuota si esta es positiva.Esta medida supone la supresión de la tributación efectiva por este Impuesto en Extremadura.DLeg Extremadura 1/2018 art.15 bis redacc DL Extremadura 4/2023 art.1.3, DOE 15-9-23; DL Extremadura 4/2023 disp.final 3ª, DOE 15-9-23
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