El Texto refundido mantiene la normativa relativa al importe en que se reduce la base imponible en concepto de mínimo exento para los contribuyentes que tengan la consideración de persona con discapacidad, así como a la escala de gravamen aplicable a la base liquidable para obtener la cuota íntegra.
NOTA
Con la aprobación de este texto refundido queda derogado el DLeg Andalucía 1/2009 art.16 y 16 bis, que hasta la fecha antes citada regulaba esta materia (DLeg Andalucía 1/2018 disp.derog.única).
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