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Con efectos 7-4-2022, se modifica el documento único administrativo (DUA), para recoger los cambios introducidos en la operativa tanto por la normativa europea como la nacional. De estos destacamos:1. Se establece una nueva declaración de depósito aduanero, obligatoria a partir del 9-5-2022. Sin tener en cuenta las novedades respecto al nuevo lenguaje, estructura y datos del mensaje, señalar que se incorporan las siguientes posibilidades:-u2002de su presentación antes de la presentación de la mercancía;-u2002de solicitar avalar el cumplimiento del régimen con una garantía a nombre del depositante en lugar de con la garantía del depositario. 2.Como consecuencia de la adopción del paquete de comercio electrónico en el IVA desde el 1-7-2021, que conllevo la supresión de la exención de envíos de bajo valor que no superaran los 22 euros, se actualizan las instrucciones recogidas en el apéndice IX. Así:- se suprime la «declaración de bajo valor» así como el procedimiento simplificado previsto para los pequeños envíos, ambos sustituidos por declaración H7;- se aclaran aspectos específicos de la declaración anterior; y,- se actualizan las instrucciones en relación con la exportación de pequeños envíos.3.Se modifica el sistema de garantías y se permite: que el IVA no forme parte del importe de referencia de las garantías globales cuando dichas garantías avalen el cumplimiento de un régimen especial, excepto que afecte a autorizaciones que involucren a más de un Estado miembro o, que se refiera a operativas de especial riesgo; que la garantía para dichos regímenes pueda ser aportada por un representante que actúe bajo la modalidad de representación directa4. Incoterms: se actualiza el anexo V de acuerdo a los códigos establecidos por Rgto (UE) 2021/235.5.Se adapta la resolución a los cambios normativos acaecidos desde su aprobación y se incorporan mejoras técnicas y actualizaciones de códigos.Dpto. Aduanas e IIEE Resol 11-7-14 redacc Dpto. Aduanas e IIEE Resol 29-3-22EDL 2022/10561, BOE 6-4-22
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