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Con el fin de paliar los daños ocasionados como consecuencia de la DANA en diferentes municipios, entre el 28-10-2024 y el 4-11- 2024, se estableció un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2024, para los obligados tributarios, empresarios o profesionales que a 28-10-2024 tuvieran bien su domicilio fiscal bien su establecimiento de explotación o bienes inmuebles declarados como afectos a su actividad, ubicados en cualquiera de los municipios, o áreas de los mismos, comprendidos en la «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» (RDL 6/2024 art.11.1 y anexo).Con la publicación del RDL 8/2024, se amplían los beneficiarios de las ayudas directas a los trabajadores autónomos y entidades con personalidad jurídica contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente.RDL 6/2024 art.11.2 redacc RDL 8/2024 disp.final 3ª.cuatro, BOE 29-11-24; RDL 8/2024 disp.trans.única.4 y disp.final 8ª, BOE 29-11-24
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