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Con efectos desde el 7-11-2024, quedan exentas en la modalidad AJD del impuesto las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios o sin garantía hipotecaria que se produzcan en aplicación de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal para dichos préstamos y créditos, independientemente de si están o no al corriente de pago, concedidos a los afectados por los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024.LITP art.45.I.B.36 redacc RDL 6/2024 disp.final 2ª, BOE 6-11-24; RDL 6/2024 disp.final 5ª, BOE 6-11-24
Actualidad jurídica
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