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A partir del 19-10-2022, pueden beneficiarse de la limitación de responsabilidad del emprendedor de responsabilidad limitada, además de la vivienda habitual, en los términos ya contemplados legalmente, los bienes de equipo productivo afectos a la explotación y los que los reemplacen debidamente identificados en el Registro de Bienes Muebles y con el límite del volumen de facturación agregado de los dos últimos ejercicios.L 14/2013 art.8, 9.1 10 redacc L 18/2022 art.5.Uno, Dos y Tres , BOE 29-9-22
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