Con fecha de entrada en vigor 1-11-2018 y de aplicación en la liquidación correspondiente al ejercicio 2018, se modifica el modelo 390, Declaración-resumen anual, en los siguientes aspectos:
– Se establece la exclusión de presentar la Declaración-resumen anual por los sujetos pasivos, además de en los casos ya previstos, cuando estos realicen actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas.
– Se elimina del modelo los tipos impositivos anteriores a la modificación realizada por RDL 20/2012. Se crea además una casilla donde se informa de las cuotas deducibles en virtud de resolución administrativa o sentencia firmes con tipos no vigentes.
– Se crea una casilla para consignar las cuotas pendientes de compensación al término del ejercicio.
– En el desglose del volumen de operaciones, se incluyen las entregas no habituales de oro de inversión.
– En el apartado de datos identificativos se elimina la casilla “¿La autoliquidación del último periodo corresponde al régimen especial del grupo de entidades?”.
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