Con efectos desde el 31-10-2012, se modifica este impuesto con el fin de incluir en la normativa foral los cambios introducidos en la LMV art.108 redacc L 7/2012.
Por tanto, se iguala en este sentido el ITP y AJD de este territorio al del Estado (ver nº 7333 s. Memento Fiscal 2012).
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios