Con efectos a partir del 1-7-2012, fue creado el Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito por la L Canarias 4/2012 art.41, siendo su ámbito de aplicación la Comunidad Autónoma de Canarias.
De modo transitorio, se dispuso la obligación de realizar durante el mes de noviembre de 2012 un pago a cuenta del Impuesto (L Canarias 4/2112 disp.trans.6ª). La base imponible del pago a cuenta es la que hubiera correspondido, en su caso, considerando los datos correspondientes al segundo semestre de 2011. El importe del pago se calcula multiplicando por 0,001 la base imponible.
El impreso mediante el cual se ha de realizar el pago a cuenta es el modelo 470 “Pago a cuenta relativo al año 2012 del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias”.
El modelo consta de dos ejemplares: ejemplar para el sujeto pasivo y ejemplar para la Entidad colaboradora. Su cumplimentación debe ser realizada por los obligados tributarios a través de la página web de la Administración Tributaria Canaria: http://www.gobiernodecanarias.org/tributos.
La presentación e ingreso del pago a cuenta solo se puede realizar en una entidad de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria.
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