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Modelo de autoliquidación del IP en Gipuzkoa (RF 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

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Con efectos a partir del 31-3-2020, se aprueba en Gipuzkoa el modelo 714 de autoliquidación del IP correspondiente al ejercicio 2019. Sus principales características, son las siguientes:a) El impuesto sobre el patrimonio sustituye al impuesto sobre la riqueza y las grandes fortunas que estuvo en vigor a partir de 2013. El nuevo impuesto, al igual que su antecedente, se devenga el 31 de diciembre de cada año, y afecta al patrimonio del que sea titular el contribuyente en esta fecha.b)Obligados a presentar el modelo: están obligados a autoliquidar los contribuyentes cuya autoliquidación resulte a ingresar o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 3 millones de euros. Cuando un no residente haya tenido su última residencia en Gipuzkoa, puede optar por tributar en Gipuzkoa conforme a la obligación personal. La opción debe ejercitarse mediante la presentación de la autoliquidación por obligación personal en el primer ejercicio en que haya dejado de ser residente en Gipuzkoa.c)Forma de presentación: el modelo se presenta por internet, mediante la transmisión telemática de los ficheros electrónicos confeccionados con arreglo a los diseños lógicos que figuran en la OF GipuzkoaEDL 20207859 132/2020 anexo III. No es necesario adjuntar documentación.d) Plazo: el plazo de presentación de la autoliquidación es el comprendido entre el 15 de abril y el 29 de julio de 2020, ambos inclusive.e) Forma y plazo de ingreso: el ingreso de la cuota se realiza mediante domiciliación bancaria. El cargo en la cuenta de domiciliación de la deuda tributaria se efectúa el 30-7-2020. La falta de ingreso en plazo determina su recaudación en vía ejecutiva.f) Presentación electrónica: la presentación del modelo 714 se efectúa por el sistema de transferencia telemática de ficheros electrónicos, desde la plataforma Zergabidea. Esta plataforma permite también confeccionar y guardar los borradores de las autoliquidaciones a presentar (OF Gipuzkoa 132/2020EDL 2020/7859 art.14).OF Gipuzkoa 132/2020EDL 2020/7859 art.9 a 13, BOTHG 30-3-20

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