Desde la fecha señalada, no se practica retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía no supere el importe anual señalado a continuación, en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente:
Situación del contribuyente | Número de hijos y otros descendientes | ||
0 – Euros | 1 – Euros | 2 o más – Euros | |
1ª. Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente | – | 15.947 | 17.100 |
2ª. Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas | 15.456 | 16.481 | 17.634 |
3ª. Otras situaciones | 14.000 | 14.516 | 15.093 |
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