Con efectos desde el 30-12-2015, no se aplica la deducción para evitar la doble imposición interna a los dividendos que proceden de beneficios que han gozado de exención en IS de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Diputación Foral de Navarra de 1-9-1972, por el que se aprobaron los pliegos de bases para la construcción, conservación y explotación de la autopista de Navarra.
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