Se aprueban para el año 2019 los módulos e índices correctores del régimen especial simplificado del IVA que le son aplicables durante todo el año a las actividades previstas en la OF Navarra 12/2019 art.1.
Los índices y módulos experimentan un incremento del 2,5%, correspondiente a la variación del IPC en la Comunidad Foral de Navarra desde octubre de 2017 a octubre de 2018.
La renuncia a la aplicación del régimen especial simplificado y del REAGP para el año 2019, así como la revocación de aquella que debe surtir efectos en tal ejercicio, pueden efectuarse desde el 1-4-2019.
No obstante, de acuerdo con lo previsto en DF Navarra 86/1993 art.22.1 párrafo 4º, también se entiende efectuada la renuncia cuando se presente en plazo la declaración-liquidación correspondiente al primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos aplicando el régimen general.
En caso de inicio de actividad, también se entiende efectuada la renuncia cuando la primera declaración que debe presentar el sujeto pasivo después del comienzo de la actividad se presente en plazo aplicando el régimen general.
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