3
Con efectos de 1-1-2022, adicionalmente a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (L 22/2021), las retribuciones del personal al servicio del sector público se incrementan un 1,5 % respecto a las vigentes a 31-12-2021.Este incremento debe efectuarse en los mismos términos dispuestos en la L 22/2021, y seguir las siguientes reglas:1.Se aplica sobre las retribuciones vigentes el 31-12-2021, de forma que la suma de ambos consolida, en todo caso, un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2022 del 3,5 %.2.Se va a materializar en la nómina de noviembre de 2022, abonándose como atrasos el incremento correspondiente a los meses de enero a octubre de este año.3.En el ámbito de las CCAA y entidades locales se debe pagar antes del 31-12-2022 y, en todo caso, con anterioridad al 31-3-2023.Excepcionalmente en 2022, el Estado puede autorizar a las CCAA a formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación, suplementarios a los previstos, por importe equivalente al necesario para hacer efectivo este incremento retributivo.RDL 18/2022 art.23, BOE 19-10-22
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios