Un contribuyente ha obtenido un premio literario cuyo importe constituye una entrega a cuenta de los derechos de autor.
Según la regla especial de imputación temporal, en el caso de los rendimientos derivados de la cesión de la explotación de los derechos de autor que se devenguen a lo largo de varios años, el contribuyente puede optar por imputar el anticipo a cuenta de los mismos a medida que vayan devengándose los derechos (RIRPF art.7.3). Por ello, se plantea si esta opción (respecto al importe del premio literario obtenido y que se corresponde con un anticipo de los derechos de autor) incide en la imputación de las retenciones practicadas sobre el importe del premio, teniendo en cuenta que la cesión de la explotación de los derechos de autor de la obra premiada se realiza por un período de diez años.
Por lo que respecta a la imputación temporal de las referidas retenciones en la declaración del IRPF, hay que tener en cuenta que las retenciones o ingresos a cuenta se imputarán por los contribuyentes al período en que se imputen las rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta, con independencia del momento en que se hayan practicado (RIRPF art.79). Por tanto, si el contribuyente opta por el criterio de imputación temporal especial señalado anteriormente, las retenciones practicadas sobre el importe del premio se imputarán proporcionalmente en el mismo período en que se imputen los rendimientos de los que aquellas proceden.
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