Con efectos a partir del 1-1-2019, los importes de las deducciones se establecen en las siguientes cuantías:
a) Deducción por descendientes: por cada descendiente que conviva con el contribuyente se practica la siguiente deducción:
– 603 euros anuales por el primero;
– 747 euros anuales por el segundo;
– 1.261 euros anuales por el tercero;
– 1.490 euros anuales por el cuarto;
– 1.946 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes.
Por cada descendiente menor de 6 años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme a lo dispuesto anteriormente, se practica una deducción complementaria de 347 euros anuales.
b) Deducción por ascendientes: se aplica una deducción de 289 euros por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante todo el año natural con el contribuyente.
c) Deducción por edad: La deducción por edad se fija en 346 euros para mayores de 65 años y 632 euros para mayores de 75 años. La deducción se limita en función de la base imponible del contribuyente, manteniéndose para las bases imponibles inferiores a 20.000 euros y reduciendo paulatinamente su importe, hasta su eliminación, para bases imponibles superiores a 30.000 euros:
Base imponible (euros) | Deducción (euros) | |
Mayor de 65 años | Mayor de 75 años | |
Igual o inferior a 20.000 | 346 | 632 |
Superior a 20.000 e inferior a 30.000 | 346 – [0,0346 (BI-20.000)] | 632 – [0,0632 (BI-20.000)] |
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