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Con fecha de entrada en vigor 19-11-2020, se han aprobado las siguientes medidas respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):1. Se vuelve a prorrogar el tipo cero en la entrega de material sanitario para combatir la COVID-19 (RDL 34/2020 art.6). Este tipo impositivo se aplica a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes relacionados en RDL 34/2020 anexo, y cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social, realizadas entre 1-11-2020 y hasta el 30-4-2021. En las facturas, estas operaciones deben consignarse como exentas. Al igual que en las otras prorrogas, y como se encarga de recordar la exposición de motivos, se permite a los sujetos pasivos afectados rectificar el IVA repercutido o soportado con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma.2. Con efectos desde el 19-11-2020 y hasta el 31-12-2021, el tipo impositivo en IVA de las mascarillas se reduce al 4%- con anterioridad el 21%-(RDL 34/2020 art.7). El tipo superreducido solo se aplica a las mascarillas quirúrgicas desechables referidas en el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia Resol 13-11-20EDL 2020/35721).RDL 34/2020 art.6 y 7, BOE 18-11-20
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