En la zona de policía de cauces se puede realizar cualquier tipo de construcción, siempre y cuando se obtenga autorización previa del organismo de cuenca, a menos que el correspondiente plan de ordenación urbana, otras figuras de ordenamiento urbanístico o planes de obras de la Administración hayan sido informados por el organismo de cuenca y recogido las oportunas previsiones formuladas al efecto.
En todos los casos, los proyectos derivados del desarrollo del planeamiento se han de comunicar al organismo de cuenca para que se analicen las posibles afecciones al dominio público hidráulico.
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