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Despido por insultos vertidos a través del canal interno de denuncias (RS 39/24 24 de Septiembre de 2024 al 30 de Septiembre de 2024)

El TSJ Las Palmas ha concluido que la empresa no puede justificar el despido disciplinario de un trabajador por los insultos vertidos a través del canal interno de denuncias, ya que no van dirigidos a una persona concreta, sino a los canales abiertos en la empresa para la presentación de quejas, lo que les priva de trascendencia pública e impide apreciar un ataque frontal al honor.

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