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La cuestión consiste en determinar si el despido disciplinario del trabajador antes del 31-12-2021, cuya procedencia es confirmada judicialmente, impide o no que pueda percibir la parte proporcional del bonus devengado en el indicado año 2021, cuando el reglamento que regula la retribución por incentivos establece que no se devenga la parte proporcional en los casos de despido.Aplicando doctrina jurisprudencial en la materia (TS 11-2-20, EDJ 513026), el TSJ resuelve que el hecho de que el trabajador cesara en la empresa antes de finalizar el año de devengo de la retribución variable por causa de despido disciplinario procedente, no obsta a su derecho a percibir la parte proporcional del bonus que haya podido devengar hasta dicha fecha. Por ello, la previsión del reglamento de la empresa que regula la retribución por incentivos, que establece que no se devenga la parte proporcional en los casos de despido, es irrelevante.TSJ Cataluña 10-7-23, Rec 7539/22EDJ 669947
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