1. Se introducen las siguientes deducciones:
a) Se permite una deducción del 10% del importe de las inversiones que mejoren la calidad y sostenibilidad de las viviendas situadas en las Islas Baleares y que sean, o vayan a ser utilizadas como la vivienda habitual del contribuyente. A estos efectos se entiende que mejoran dichos aspectos las siguientes inversiones:
– Aquellas que permiten utilizar energías renovables y que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio.
– Las de mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos de ahorro de agua.
La base de la deducción está limitada a 10.000,00 euros por periodo impositivo, no pudiendo superar la base imponible total del contribuyente 24.000,00 euros, si la declaración es individual y 36.000,00 euros si es conjunta.
Para aplicar la deducción estas obras deberán mejorar el nivel de calificación de la eficiencia energética de la vivienda estando obligados a solicitar y registrar el certificado anterior y posterior a las obras.
b) Se introduce una deducción por estudios extraescolares de un idioma extranjero, permitiéndose deducir el 15% de las cantidades pagadas, con el límite de 100 euros por hijo que de derecho a la deducción por mínimo por descendiente.
Esta deducción está limitada a aquellos contribuyentes cuya base imponible total en tributación conjunta no supere los 25.000,00 euros, o 12.500,00 euros en individual.
c) Se introduce una deducción del 15% por las donaciones dinerarias a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación, hasta el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica. Las entidades a las que se puede donar son las siguientes:
– La Administración de la comunidad Autonóma de las Islas Baleares o entidades instrumentales.
– La Universidad de las Islas Baleares.
– Las entidades sin finalidad lucrativa de la L 49/2002, cuyo fin único sea la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación en el territorio de las Islas Baleares y se encuentren inscritas en el Registro de Fundaciones de la comunidad autónoma.
2. Se modifican:
– En la deducción por adquisición de libros de texto las referencias se hacen a la base imponible total, además se especifica que esta deducción se puede prorratear en caso de tributación individual.
– En la deducción por gastos en primas de seguros individuales de salud, las referencias se hacen a la base imponible total.
NOTA
Los artículos 3 a 7 del DLeg Baleares 1/2014 pasan a integrarse en la sección 3ª, Deducciones autonómicas sobre la cuota integra.
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