Durante el año 2019, se produce un incremento del 1,25 % en las bases mínimas de cotización de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en el grupo primero de cotización (L 47/2015 art.10).
Los tipos de cotización a la Seguridad Social para las distintas contingencias, incluidas cese de actividad y formación profesional, de los trabajadores autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, serán los previstos para 2019 para los trabajadores autónomos incluidos en el RETA. Igualmente es de aplicación el aumento progresivo previsto para los años 2020, 2021 y 2022 (nº 741 Memento Social 2018). No obstante, en ambos casos, cuando a los trabajadores autónomos por razón de su actividad les resulte de aplicación un coeficiente reductor de la edad de jubilación, la cotización por contingencias profesionales ha de determinarse de conformidad con el tipo más alto de los fijados en la tarifa de primas (L 42/2006 disposición.adic.4ª redacc RDL 28/2018 disp.final 5ª), siempre y cuando el establecimiento de dicho coeficiente reductor no lleve aparejada una cotización adicional por tal concepto.
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