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1.Para el cálculo de las bases de cotización en 2023, las retribuciones mensuales y las bases de cotización son las siguientes:TramoRetribución mensual €/mesBase de cotización €/mes1.ºHasta269,00250,002.ºDesde269,01Hasta418,00357,003.ºDesde418,01Hasta568,00493,004.ºDesde568,01Hasta718,00643,005.ºDesde718,01Hasta869,00794,006.ºDesde869,01Hasta1.017,00943,007.ºDesde1.017,01Hasta1.166,6691.166,708.ºDesde1.166,67Retribución mensualLos intervalos de retribuciones y las bases de cotización se han de actualizar en la misma proporción que lo haga el SMI para el 2023.2. A partir del 2024, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinan conforme a la LGSS art.147, sin que la cotización pueda ser inferior a la base mínima que se establezca legalmente. LGSS disp.trans.16ª redacc RDL 16/2022 art.3.3, BOE 8-9-22
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