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Publicada la corrección de errores de la Ley que establece el ingreso mínimo vital, además de otras rectificaciones de ortografía y concordancia, se incluyen cambios en las escalas contenidas en la L 19/2021 Anexos I y II:1.La escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia para el ejercicio 2020, se sustituye por la siguiente:Escala de incrementosUn adulto solo.5.538 € (renta garantizada para un solo adulto)Un adulto y un menor.1,3Un adulto y dos menores.1,6Un adulto y tres menores.1,9Un adulto y cuatro o más menores.2,2Dos adultos.1,3Dos adultos y un menor.1,6Dos adultos y dos menores.1,9Dos adultos y tres o más menores.2,2Tres adultos.1,6Tres adultos y un menor.1,9Tres adultos y dos o más menores.2,2Cuatro adultos.1,9Cuatro adultos y un menor.2,22.La escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivenciaEscala de incrementosUn adulto solo.16.614 € (tres veces la renta garantizada para un adulto solo)Un adulto y un menor.1,4Un adulto y dos menores.1,8Un adulto y tres menores.2,2Un adulto y cuatro o más menores.2,6Dos adultos.1,4Dos adultos y un menor.1,8Dos adultos y dos menores.2,2Dos adultos y tres o más menores.2,6Tres adultos.1,8Tres adultos y un menor.2,2Tres adultos y dos o más menores.2,6Cuatro adultos.2,2Cuatro adultos y un menor.2,6Otros.2,6Corrección de errores L 19/2021 Anexo I y II, BOE 28-4-22
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