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El Consejo de la UE ha evacuado sus Conclusiones, entre las que destacan el hecho de que algunos países y territorios sigan sin cooperar a efectos fiscales y que una serie de países y territorios hayan incumplido los compromisos que habían asumido con el Grupo «Código de Conducta».Además, ha procedido a la actualización de la lista revisada de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales («lista negra»), así como a corroborar la situación de la cooperación con la UE respecto a los compromisos asumidos para aplicar principios de gobernanza fiscal («lista gris»). Los países y territorios que se integran en cada una de las listas mencionadas son los siguientes:1) De la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, o lista negra (Anexo I):Samoa Americana, Fiyi, Guam, Palaos y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos no realizan ningún intercambio automático de información financiera ni han firmado ni ratificado, siquiera por medio del Estado del que depende, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada; tampoco se ha comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios ni a resolver estas cuestiones. Anguila, Antigua y Barbuda y Panamá no cuentan con una calificación mínima del Foro Global de «conforme en gran medida» respecto del intercambio de información previa petición.Trinidad y Tobago se ha comprometido a atender a su debido tiempo las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información, para obtener al menos la calificación de «en vigor, pero necesita mejoras».Algunos de estos países y territorios cuentan además con regímenes fiscales perniciosos, tal es el caso, entre otros, de la Federación de Rusia (sociedades de cartera internacionales), Samoa (sociedades offshore).Vanuatu está a la espera de una revisión adicional del Foro Global relativa al intercambio de información previa petición.Por tanto, en esta lista se encuentran: Anguila, Antigua y Barbuda, Guam, Federación de Rusia, Fiyi, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Palaos, Panamá, Trinidad y Tobago, Samoa, Samoa Americana y Vanuatu.2) Situación de la cooperación con la UE respecto de los compromisos asumidos de aplicar principios de gobernanza fiscal o lista gris (Anexo II):Está previsto que Turquía intercambie información de manera efectiva con los veintisiete Estados miembros de conformidad con el calendario de las Conclusiones del Consejo.Costa Rica y Curazao se comprometen a atender a su debido tiempo a las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información, para obtener al menos la calificación de «en vigor, pero necesita mejoras».Belice, Islas Vírgenes Británicas y Seychelles se encuentran a la espera de una revisión adicional del Foro Global.Malasia se había comprometido a modificar o suprimir antes de finales de 2022 su régimen pernicioso de exención de rentas de origen extranjero y que demostró avances tangibles en estas reformas en 2022 y 2023, ha obtenido de plazo hasta el 31-3-2024 para adaptar su legislación en lo que respecta al tratamiento de las plusvalías.Armenia (zonas económicas francas) y Esuatini (zona económica especial), se habían comprometido, en el marco del Foro sobre Prácticas Fiscales Perniciosas (FPFP), a modificar o derogar a más tardar el 31-12-2023 sus regímenes fiscales preferentes, están a la espera de las evaluaciones finales del FPFP.Vietnam se ha comprometido a aplicar la norma mínima de presentación de informes país por país y a entablar relaciones de intercambio de tales informes con todos los Estados miembros de la UE a más tardar el 31-8-2024.En consecuencia, diez países y territorios se han comprometido a reformar sus políticas fiscales y figuran actualmente en esta lista: Armenia (zonas económicas francas), Belice, Costa Rica, Curazao, Esuatini (zona económica especial), Islas Vírgenes Británicas, Malasia, Seychelles, Turquía y Vietnam.Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscalesEDL 2024/2899, DOUE 26-2-24
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