Con efectos para las comunicaciones de datos al pagador o de variación de los datos previamente comunicados que deban efectuarse en relación con el ejercicio 2015 y sucesivos, se aprueba un nuevo modelo 145, que sustituye al aprobado por Resol AEAT 3-1-11.
Dicha modificación es consecuencia de:
1) La L 26/2014, que modifica la LIRPF y el IRNR, suprime con carácter definitivo la reducción por prolongación de la vida laboral en los rendimientos de trabajo, circunstancia que también se suprime en el apartado de Datos del perceptor en el modelo.
2) La intención de hacer más comprensible el modelo, por lo que en el apartado de situación familiar del perceptor, si este tuviera hijos incapacitados judicialmente, se introduce dentro de la explicación, que estos han de estar sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
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