Con efectos desde el 1-1-2020, se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en el territorio de esta CA para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el ejercicio 2020 en el ITP y AJD e ISD. Dichos coeficientes se recogen en el Anexo II de la presente Orden.
Asimismo se establece la metodología utilizada y reglas concretas para su aplicación de los citados coeficientes.
Por último, se regula expresamente la utilización del medio de valoración consistente en la remisión al valor fijado por la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se sitúa el bien a valorar.
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