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Una entidad que participa en otra en más del 5% desde hace más de un año, pretende transmitir dicha participación, y se plantea si puede aplicar la exención para evitar la doble imposición y qué incidencia tiene si el precio se cobra en varios ejercicios.Dado que la entidad tiene más de un 5% de participación en una entidad residente, y lo ha ostentado de manera ininterrumpida durante el año anterior a la transmisión, puede aplicar la exención para evitar la doble imposición a la plusvalía generada en la transmisión.Si el precio se cobra en pagos sucesivos y se aplica el criterio de caja, la exención para evitar la doble imposición de plusvalías sigue siendo aplicable a medida que se consideren obtenidas las rentas.DGT CV 5-2-20V0274-20
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