Con efectos desde 1-5-2019, se regulan en Castilla-La Mancha el Informe de Evaluación de Edificios y el Registro de Informes de Evaluación de Edificios en desarrollo de las previsiones contenidas en el DLeg Castilla-La Mancha 1/2010 art.138.
El Informe de Evaluación de edificios informe acredita la situación en la que se encuentran los edificios -en relación con su estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal,el grado de eficiencia energética, y cualquier otro aspecto que expresamente determine la normativa vigente-, a fin de favorecer la conservación y rehabilitación de los mismos.
La norma aprobada se aplica a las edificaciones:
– catalogadas o con algún tipo de protección patrimonial; y
– a las que tengan una antigüedad superior a 50 años, cuyos propietarios, estén obligados a acreditar la situación en la que se encuentra el edificio.
Por su parte, el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha se adscribe a la Dirección General competente en materia de vivienda, órgano gestor del mismo, es de naturaleza pública y se rige, además de lo dispuesto en la norma que ahora se aprueba, por lo establecido en la normativa de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
La inscripción del IEE en el Registro no supone, en ningún caso, la conformidad de la Administración con el contenido del informe, pudiendo ser comprobado lo que consta en el mismo con posterioridad a su inscripción, mediante las actuaciones de control e inspección que el ayuntamiento donde radique el edificio pueda llevar a cabo.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios