La aprobación del Plan de calidad del aire de la ciudad de Madrid 2011-2015 le identifica como un instrumento clave del ayuntamiento en el marco de su estrategia para consolidar y fortalecer el proceso de transformación de la ciudad desde un modelo convencional a un modelo urbano sostenible.
El reto principal de este plan es, no sólo no rebajar los tradicionales niveles de exigencia del Ayuntamiento de Madrid, sino garantizar su cumplimiento para mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos. Con este motivo habrá de incrementarse aún más la reducción de las emisiones procedentes de las distintas fuentes contaminantes y de manera muy especial del tráfico que representa el 65% de las emisiones de óxidos de nitrógeno. Se pueden enumerar los siguientes objetivos específicos:
– consolidar los logros alcanzados en la mejora de la calidad del aire de la ciudad impulsando la mejora continuada de la misma de un modo integral;
– asegurar el cumplimiento de todos los objetivos establecidos en la normativa vigente en el plazo legalmente previsto y, en particular, dotar a Madrid de un plan de mejora de calidad del aire para el dióxido de nitrógeno ex RD 102/2011 art.24;
– cumplir con los requisitos para poder solicitar a la Comisión Europea la prórroga del cumplimiento de los valores límite de dióxido de nitrógeno conforme lo dispuesto en el RD 102/2011 art.23.1 y de acuerdo con los exigencias recogidas en la Guía de la Comisión para la preparación de notificación de las solicitudes de aplazamiento.
Por lo que se refiere al ámbito temporal del plan, considerando los requisitos exigidos por la Directiva 2008/50/CE en cuanto a las medidas a adoptar y el plazo de la prórroga previsto, que concluye el 1-1-2015, y teniendo en cuenta que su antecedente inmediato es la Estrategia Local de la Calidad del Aire cuya fecha de vencimiento finalizó el 31-10-2010, el plan debe cubrir medidas desarrolladas entre 1-1-2011 hasta el 1-1-2015.
El marco legal al que se sujeta el plan está formado por la Directiva 2008/50/CE, que prevé la elaboración de planes y programas dirigidos a contener y disminuir los valores límites de aquellos contaminantes presentes en las zonas o aglomeraciones urbanas; por el RD 102/2011, relativo a la mejora de la calidad del aire; y por L 34/2007; de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Las competencias se atribuyen a la Dirección General de Sostenibilidad -competencias relativas a la elaboración y supervisión de los planes y programas de sostenibilidad, en particular, de calidad del aire, uso eficiente de la energía, prevención del cambio climático y movilidad de la ciudad de Madrid-: promoción del desarrollo y ejecución de políticas y medidas que mejoren la calidad del aire y combatan el cambio climático; captación, tratamiento y explotación de los datos variables de la calidad del aire en Madrid y mantenimiento, conservación y explotación de las infraestructuras y equipamientos ambientales.
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