Una sociedad dotó la reserva de capitalización y en el siguiente ejercicio pretende realizar una nueva dotación a dicha reserva al haber incrementado los fondos propios y cumplir los requisitos.
Se plantea si a la hora de determinar el incremento de los fondos propios para dotar una nueva reserva de capitalización, ha de tenerse en cuenta la propia reserva de capitalización dotada en el año anterior.
La AEAT entiende que la reserva de capitalización dotada sí se debe tener en cuenta a los efectos de determinar el incremento de los fondos propios y el mantenimiento del tal incremento. Es decir, la reserva de capitalización dotada forma parte de los fondos propios existentes al inicio y al final del ejercicio de la misma forma que el resto de partidas integrantes de tales fondos no excluidas a efectos de determinar su incremento y posterior mantenimiento del mismo.
Actualidad jurídica
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