Se produce una nueva derogación temporal de la bonificación del 100% de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio establecida en el ámbito estatal. Así se retrasa la vigencia de la misma hasta el 1-1-2017.
Asimismo, con efectos 1-1-2016, se derogan las siguientes disposiciones contenidas en la Ley del Impuesto.
– representantes de los sujetos pasivos no residentes en España (LIP art.6); y
— en relación con la gestión del Impuesto, la autoliquidación, personas obligadas a presentar declaración; y la presentación de esta (LIP art.36 a 38).
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