Se aprueba el modelo 222, de pago fraccionado a cuenta del IS para los contribuyentes que tengan la consideración de grupos fiscales, incluidos los de cooperativas.
Las recientes modificaciones introducidas en la normativa de territorio común, han obligado a hacer un ajuste técnico del modelo. Por ello, y por motivos de coherencia y coordinación, es necesario reajustarlo también en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia.
Sus características más destacables son:
a) Están obligados a presentarlo los contribuyentes que:
– se consideran grupos fiscales;
– deben presentar autoliquidación por el IS en Bizkaia, en función de su volumen de operaciones; y
– no están sometidos a la normativa de cualquiera de los Territorios Históricos.
b) Su presentación:
– es obligatoria, incluso cuando no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago fraccionado en el período correspondiente;
– debe realizarse obligatoriamente por vía telemática (OF Bizkaia 933/2008).
c) Plazo de presentación: durante los primeros 20 días naturales de abril, octubre y diciembre de cada año natural.
El nuevo modelo ha de aplicarse por primera vez para el pago fraccionado a realizar en los primeros 20 días naturales del mes de abril de 2017.
NOTA
A partir del 7-4-2017, se deroga la OF Bizkaia 1755/2016 que aprobó el modelo 222 con anterioridad.
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