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Bizkaia: nueva norma Foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2019, se aprueba en Bizkaia la nueva norma Foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Las principales novedades con respecto a la regulación anterior se presentan en:
– el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos;
– los incentivos fiscales al mecenazgo.
Además, se establece la aplicación del régimen fiscal especial a una serie de entidades que careciendo de ánimo de lucro y persiguiendo fines de interés general tienen una forma jurídica diferente a la fundación o a la asociación de utilidad pública y se determinan los efectos que, para contribuyentes que hayan aplicado los beneficios fiscales del mecenazgo, produce el incumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de mecenazgo de los requisitos que el propio régimen fiscal les exige.
Finalmente, como régimen transitorio, se preven determinadas obligaciones de información que, para la aplicación del nuevo régimen fiscal, deben cumplimentar las entidades que a 5-4-2019, estuvieran aplicando el régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos previsto en la regulación anterior (NF Bizkaia 1/2004).

NOTA
Con efectos a partir del 5-4-2019, se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la Norma Foral de referencia y, en particular, la NF Bizkaia 1/2004, que regulaba el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo con anterioridad.
No obstante, conserva su vigencia lo dispuesto en relación con el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020 (NF Bizkaia 7/2018 disp.adic.1ª).

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