Con efectos a partir del 12-3-2019, se aprueba en Bizkaia el modelo 714 de autoliquidación del IP, correspondiente al período impositivo 2018. Sus características más destacables son las siguientes:
a) Forma de presentación: el modelo debe presentarse obligatoriamente por vía telemática. A estos efectos, se aprueban las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.
b) Plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso: debe realizarse entre el 2-5-2019 y el 28-6-2019.
c) Formas de pago. El pago puede efectuarse por alguno de los siguientes medios:
1. Domiciliación bancaria. Tiene carácter irrevocable y debe cumplir las siguientes condiciones:
– que la Hacienda Foral de Bizkaia tenga constancia de la titularidad del Código IBAN;
– que la titularidad del Código IBAN corresponda al declarante de la presentación que se desea realizar.
En el caso de autoliquidaciones con resultado a ingresar, la entidad financiera seleccionada ha de tener carácter de entidad colaboradora en la recaudación con la Hacienda Foral de Bizkaia.
2. Transferencia a través de banca electrónica desde aquellas entidades financieras adheridas al sistema BizkaiBai a los efectos del uso de dicho tipo de banca o mediante carta de pago proporcionada por el sistema.
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