3
El incremento de la base mínima mensual de cotización por contingencias comunes para todas las categorías profesionales del régimen general con efectos retroactivos a 1-1-2023, supone que las bases mínimas diarias de cotización de los profesionales taurinos en 2023 queda de la siguiente maneraCategoría ProfesionalGrupo de cotizaciónBase mínima diaria (€)Matadores de toros y rejoneadores clasificados en los grupos «A» y «B» 158,65Picadores y banderilleros, que acompañan a Matadores de toros del grupo «A» 248,64Matadores de toros y Rejoneadores clasificados en el grupo «C» y restantes picadores y banderilleros 342,31Mozos de estoque y ayudantes, puntilleros, novilleros y toreros cómicos 742,00OM PCM/74/2023 art.3 redacc OM/PCM 313/2023 art.único.dos, BOE 31-3-23
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios