Con efectos a partir del 1-1-2019, se establece que el derecho a disfrutar de exenciones, deducciones o cualquier incentivo fiscal en la base imponible o en la cuota está condicionado al cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
Si después de aplicar estos beneficios se produce la pérdida del derecho a disfrutar de ellos, el contribuyente debe ingresar:
– la cuota del periodo impositivo en que tenga lugar el incumplimiento de los requisitos o condiciones;
– la cuota íntegra correspondiente a la exención, deducción o incentivo fiscal aplicados; y
– los intereses de demora.
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