Autoliquidación del Impuesto en un supuesto en el que el causante es una persona no residente (RF 04/25 21 de Enero de 2025 al 27 de Enero de 2025)
Una persona, que tributa por obligación persona, en España ha sido nombrada heredera de un residente en Alemania. Si en el momento de la presentación de la autoliquidación en el período voluntario del ISD español, no ha podido satisfacer el Impuesto sobre Sucesiones alemán, no puede consignar en la misma la cantidad que debe satisfacer por tal concepto en Alemania, pero una vez haya satisfecho íntegramente la deuda tributaria extranjera, puede instar la rectificación de la autoliquidación inicialmente presenta en España, y la consiguiente devolución de lo ingresado de más.