Asunción de gastos financieros pendientes cuando se renuncia al régimen de grupos fiscales (RF 29/25 15 de Julio de 2025 al 21 de Julio de 2025)
Si los gastos financieros derivan de deudas contraídas para el funcionamiento de los elementos patrimoniales, y dichos elementos se aportaron mediante una operación acogida al régimen de reorganizaciones empresariales a una entidad del grupo, es esta última la que asume la proporción correspondiente de dichos gastos, aunque procedan de ejercicios anteriores a la aportación.