La delimitación de áreas de reparto ha de efectuarse teniendo en cuenta el equilibrio de beneficios y cargas entre las distintas áreas, así como la proporcionalidad entre la edificabilidad resultante y las cargas y dotaciones previstas.
El plan general de ordenación municipal debe garantizar que no existan diferencias porcentuales de aprovechamiento general superiores al 20 % entre las distintas áreas de reparto que delimite, dentro del suelo urbanizable de uso residencial o hotelero, teniendo en cuenta las dotaciones previstas o adscritas para ellas. Este equilibrio debe existir también entre las áreas de reparto delimitadas dentro del suelo urbano no consolidado.
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