Con efectos a partir del 26-1-2014, se ha aprobado la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de esta Comunidad Autónoma. En materia de ISD, las novedades introducidas son las siguientes:
1. Para los hechos imponibles devengados a partir de 1-1-2014, y siempre que el fallecimiento del causante se produzca desde esa fecha, el cónyuge, ascendientes o adoptantes, descendientes o adoptados del causante aplican una bonificación del 50% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de bienes y derechos que integren la porción hereditaria del beneficiario.
Para los hechos imponibles devengados a partir de 1-1-2014, en los que el fallecimiento del causante se haya producido con anterioridad a esa fecha, el porcentaje de bonificación es, en su caso, el previsto para el ejercicio en el que haya acaecido dicho fallecimiento.
Desaparece la limitación a la aplicación de la bonificación cuando, en los cinco años anteriores a la fecha del devengo del impuesto, el contribuyente hubiera practicado la reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y del hijos del donante, manteniéndose la incompatibilidad con la reducción en la adquisición mortis causa por hijos del causante menores de edad, la reducción por creación de empresas y empleo y la reducción por sucesión a favor del cónyuge y de los ascendientes y descendientes.
2. Desde el 1-1-2014, el cónyuge, ascendientes o adoptantes y descendientes o adoptados del donante aplican una bonificación del 50% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones lucrativas inter vivos. La bonificación es del 20% para el período comprendido entre el 1-1-2012 y el 31-12-2013.
Se mantiene la incompatibilidad con la reducción en la base imponible a favor del cónyuge y de los hijos del donante, y con la reducción por la creación de empresas y de empleo.
NOTA
En relación a la bonificación, se prevé un incremento del porcentaje de la misma en los ejercicios futuros, contemplándose un porcentaje próximo al 75% para 2015.
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