En la organización de la Administración de la Junta de Andalucía se modifica la estructura administrativa. Se atribuyen las competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio de acuerdo con lo siguiente:
Consejería | Funciones | Entidades adscritas |
---|---|---|
Consejería de agricultura, ganadería, pesca y desarrollo sostenible | Todas las atribuidas actualmente a la Consejería de agricultura, pesca y desarrollo rural y las de la Consejería de medio ambiente y ordenación del territorio en materia de medio ambiente y agua. | Todas las que actualmente tiene adscritas las Consejería de agricultura, pesca y desarrollo rural y la Agencia de medio ambiente y agua de Andalucía y la Fundación para el desarrollo sostenible de Doñana y su entorno que estaban adscritas a la Consejería de medio ambiente y ordenación del territorio. |
Consejería de fomento, infraestructuras y ordenación del territorio | Todas las que tiene atribuidas actualmente la Consejería de Fomento y Vivienda, excepto las asignadas a la Consejería de cultura y patrimonio histórico. Las competencias en materia de ordenación del territorio y del litoral y urbanismo actualmente ejercidas por la Consejería de medio ambiente y ordenación del territorio. | Todas las que actualmente tiene adscritas la Consejería de fomento y vivienda. |
NOTA
Quedan suprimidas las Consejerías deFomento y Vivienda y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
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