La organización de las consejerías en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha sido objeto de dos reformas en un breve periodo de tiempo:
1.- Con vigencia del 11-4-2014 se modifican las competencias siguientes que estaban previstas en el D Andalucía -Presidenta- 4/2013 en relación con la adjudicación de viviendas protegidas de titularidad pública:
• La Consejería de Hacienda y Administración Pública asume las competencias que hasta entonces tenía y las relativas a la adjudicación de vivienda protegida de titularidad autonómica en los casos previstos en D Andalucía 149/2006 art.12.5 y 13.
• La Consejería de Fomento y Vivienda asume las competencias que tiene actualmente atribuidas la Consejería de Fomento y Vivienda excepto las competencias y funciones relativas a la adjudicación de viviendas protegidas de titularidad autonómica en los casos previstos en D Andalucía 149/2006 art.12.5 y 13 y se desarrollan determinadas disposiciones de la L Andalucía 13/2005.
2.- Con efecto 12-4-2014 se deroga el D Andalucía -Presidenta- 1/2014, por lo que se considera plenamente vigente, de acuerdo con su redacción originaria, el D Andalucía -Presidenta- 4/2013, conservando la Consejería de Fomento y Vivienda las competencias relativas a la adjudicación de vivienda protegida de titularidad autonómica en los casos previstos en el D Andalucía 149/2006.
NOTA
Ambos decretos entran en vigor el día de su publicación, por lo que la primera de las reformas sólo tiene eficacia durante el día 11-4-14.
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