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Con efectos desde el 14-1-2021, y con el fin de atender a las necesidades excepcionales derivadas de la borrasca atmosférica “Filomena”, se amplían los plazos en materia de domiciliación del pago de las obligaciones tributarias.Así, los plazosde presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias contenidas en el anexo II de la OM EHA/1658/2009, cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago sean hasta el 15-1-2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18-1-2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca “Filomena”.El plazo de ingreso de las autoliquidaciones no sufre ninguna modificación, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario debe efectuarse el día 20-1-2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.OM HAC/5/2021 art.único, BOE 14-1-21
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