Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Actividad de crowfunding

Una entidad que se dedica al crowdfunding o crowdlending plantea si se trata de una actividad económica.
La normativa del IS considera actividad económica la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios (LIS art.5.1).
En el caso concreto, la actividad consiste en el uso de una o varias plataformas digitales para que estas pongan en contacto inversores que tienen dinero para invertir con multitud de empresas que buscan préstamos a tipo fijo a un plazo entre 90 días y 3 años y a un tipo de interés competitivo. La carga de trabajo asociada a la actividad supone el análisis económico/financiero de los solicitantes, monitorización continua de los créditos concedidos, control y verificación constante de documentación sobre los solicitantes y los prestatarios, así como la organización de las bases de datos y del personal contratado.
Dado que supone la ordenación por cuenta propia de medios materiales y/o humanos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, cumple los requisitos para considerar que se trata de una actividad económica.

NOTA
La DGT reitera que la interpretación del concepto de actividad económica en el ámbito del IS debe realizarse a la luz del funcionamiento empresarial societario, y que puede diferir de la interpretación que se realice del mismo en el IRPF, ya que el mismo concepto puede tener finalidades diferentes y específicas en cada figura impositiva.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).