Acceso empresarial al ordenador proporcionado al trabajador para detectar posibles incumplimientos (RS 36/25 02 de Septiembre de 2025 al 08 de Septiembre de 2025)
El acceso por la empresa al disco duro del ordenador proporcionado al trabajador para la realización de sus funciones, limitado a la información estrictamente relacionada con la actividad laboral y sin acceder a datos personales almacenados en servicios privados como «One Drive Personal», no constituye una vulneración del derecho a la intimidad, siempre que dicho acceso sea idóneo, necesario y proporcional para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y justificar un despido disciplinario.