Modificaciones en la forma de acreditar: la unidad de convivencia; la pareja de hecho, la separación o divorcio; o la vida independiente.
Modificaciones en los requisitos de acceso que afectan a la inscripción como demandante de empleo y a los beneficiarios menores de 30 a los que vivan solos.
Modificación en las obligaciones de los titulares de la prestación en lo que afecta a la obligación de comunicar las modificaciones en el padrón municipal; salidas al extranjero e inscripción en la oficina de empleo; así como respecto de esta obligación también de las personas integrantes de la unidad de convivencia.
Se mantiene el texto anterior en relación con la posibilidad de disponibilidad de planes de pensiones para aquellos trabajadores por cuenta propia que, sin cesar en su actividad, hayan tenido una reducción de, al menos, el 75% en su facturación como consecuencia de la situación de crisis sanitaria. También se mantiene cuál es la documentación a aportar para su acreditación.